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¿Cómo Asociarse?
Pueden aspirar a ser Asociados los empleados y exempleados del Sistema Nacional
de Justicia (Rama Judicial, Procuraduría, Personerías, Defensorías, Fiscalía, Instituto
Colombiano de Medicina Legal y Ciencias Forenses y Pensionados del FOPEP, también
las personas jurídicas de derecho público, las personas jurídicas del Sector Cooperativo
y Solidario, las demás de derecho privado sin ánimo de lucro y las empresas o unidades
económicas cuando prevalezca el trabajo familiar o asociado; siempre que cumplan
con las condiciones y requisitos que señalan los Estatutos.
Tendrán la calidad de asociados las personas que de manera voluntaria manifieste
su deseo de vincularse a Juriscoop, sea aprobada su admisión mediante acta del Comité
de Dirección de la seccional correspondiente donde se realiza la solicitud y haga
efectiva la entrega de sus aportes sociales, ya sea por descuento por nómina o pago
directo por ventanilla.
Requisitos para Personas Naturales
Requisitos para Personas Jurídicas.
Las personas jurídicas de derecho público, del sector cooperativo y las de derecho
privado sin ánimo de lucro, que estén conformadas por quienes pertenecen al Sistema
Nacional de Justicia podrán ser Asociadas, cuando cumplan los siguientes requisitos:
Los Aportes Sociales Obligatorios
El monto mínimo de aportes sociales obligatorios individuales que deberán suscribir
los asociados personas naturales al momento de su ingreso será de un salario mínimo
mensual legal vigente. El pago del aporte suscrito se efectuará mediante el descuento
por nómina o cancelación directa, mensualmente, de por lo menos el dos por ciento
(2%) de la asignación básica mensual para quienes tengan vínculo laboral, y del
cuatro por ciento (4%) del salario mínimo legal mensual vigente, para los trabajadores
independientes, ajustado anualmente, aproximado al múltiplo de mil más cercano.
Aportes Sociales para Personas Naturales.
El monto mínimo de aportes sociales obligatorios individuales que deberán suscribir
los asociados al momento de su ingreso, es del dos por ciento (2%) de la asignación
básica mensual para quienes tengan vínculo laboral, y del cuatro por ciento (4%)
del salario mínimo legal mensual vigente, para los trabajadores independientes,
ajustado anualmente, aproximado al múltiplo de mil más cercano. El pago del aporte
suscrito se efectuará mediante el descuento por nómina o cancelación directa.
Aportes sociales para Personas Jurídicas.
Las personas jurídicas asociados, deberán suscribir un mínimo de aportes sociales
de cinco (5) salarios mínimos mensuales legales vigentes. El pago del aporte suscrito
se efectuará mediante cancelación directa del 10% al momento de la aceptación de
la vinculación como asociado y el 90% restante en un plazo no mayor de un (1) año
a partir de la misma fecha de aceptación.
¿Cómo solicitar la afiliación?
En cualquiera de nuestras
oficinas ubicadas en todo el país, llamando de lunes a viernes de 8:00 AM
a 12:30 PM y 1:30 PM a 5:30 PM a nuestra línea gratuita en Bogotá 348 56 00 o desde
cualquier lugar del país al 018000 111 464, o diligenciando el formulario electrónico
con sus datos personales para que en el menor tiempo posible uno de nuestros
asesores se pongan en contacto con usted.
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