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Fondo especial de Vivienda "NO AGOTABLE - Compra
¿Qué es?
Son créditos que pueden ser otorgados, por una sola vez, a los asociados hábiles para adquisición de vivienda, a una tasa de interés del doce (12) por ciento E.A., por una cuantía, de hasta cuarenta (40) S.M.M.L.V., y a un plazo máximo de noventa y seis (96) meses.
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Requisitos
Para acceder a dicho crédito, el asociado debe cumplir con los siguientes requisitos al momento de solicitarlo:
Sin excepción, el producto del crédito de vivienda será girado directamente a la persona natural o jurídica con la cual el asociado contrate la adquisición del bien inmueble, el cual también puede estar ubicado en área rural.
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